Todo lo que necesitas saber sobre el BONO JOVEN de Alquiler 2022

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Si eres joven (entre 18 y 35 años), ciudadano español, europeo o con residencia legal en España, viviendo de alquiler esto te interesa.

Y mucho.

En enero se aprobó el Bono Joven de Alquiler, que entrará en vigor el 1 de enero con carácter retroactivo.

Tiempo de Lectura: 2 Minutos.

¿Quién puede cobrar el bono?

Los jóvenes que tengan entre 18 y 35 años de edad.

Que tengan contrato de trabajo y vivan de alquiler en una vivienda que tenga la consideración de habitual y permanente.

¿Es posible cobrarlo con cualquier nivel de ingresos?

No.

Solo aquellos jóvenes cuyo contrato laboral NO supere en 3 veces el IPREM, es decir, con 24.318 euros anuales.

¿A cuánto asciende la ayuda del bono?

Hasta 250 euros mensuales durante dos años. 

Pero, pero pero.

Si tu alquiler es menor a 250 euros recibirás el importe del alquiler.

¿Hay algún límite en función de lo que se pague de renta?

Sí. 

La renta mensual del alquiler no podrá superar de entrada los 600 euros.

Aunque el Real Decreto-Ley aprobado contempla supuestos que eleven ese monto hasta los 900 euros.

Lo mejor es que llames y te informes.

¿Puedo cobrar el bono si vivo en un piso compartido?

Sí. 

El bono se entrega de forma individual, no por vivienda.

Para el caso de piso compartido, la renta máxima será de 300 euros por habitación, con la posibilidad de incluir en la solicitud a aquellos que paguen hasta 450 euros por habitación en zonas tensionadas.

¿Me podré beneficiar si cambio de residencia?

En principio sí, pero tendrás que consultar en las distintas comunidades autónomas.

¿El bono se tiene que declarar a Hacienda?

Sí. 

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí. 

Será compatible con otras ayudas de las comunidades autónomas, siempre que no supere el 40% de la renta del alquiler, descontado el bono. 

Además, también será compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital -IMV-. 

La suma del bono y las mencionadas ayudas tendrán como límite el 100% de la renta arrendaticia.

¿Dónde solicitar el bono de 250 euros?

A través de las oficinas del departamento de Vivienda de las comunidades autónomas, tanto de forma presencial como online.

¿Cuándo se podrá solicitar?

El Mitma (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) calcula que en un plazo de un mes y medio o dos meses.

Pero tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero.

En resumidas cuentas.

Si eres joven, de 18 a 35 años.

Con contrato laboral de menos de 24.318 y viviendo de alquiler busca la oficina del departamento de vivienda más cercana y pide cita.

O también lo puedes solicitar online.

Infórmate y rellena la solicitud.

¡Mucha suerte!

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